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Auditoría de Seguridad

OBLIGATORIA CADA 2 AÑOS para todas las empresas /autónomos que posean ficheros de datos personales con nivel de seguridad medio (infracciones administrativas, penales, morosidad, etc) o alto (salud, religión, sexualidad, etc).

No pasar la auditoría de protección de datos, cuando se está legalmente obligado a ello, constituye una infracción grave tipificada en el artículo 44.3.h) de la LOPD, sancionable con multa de 40.001 a 300.000 euros.

En Tecnodata realizamos la Auditoría obligatoria y elaboramos el Informe de Medidas Correctoras y Recomendaciones de Seguridad.

 

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